Fundación Anomalía

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La Fundación Anomalía se ha propuesto llevar a cabo una importante serie de actividades que a medio o largo plazo arrojarán resultados tangibles de indudable relevancia para el desarrollo de la Ufología en España y el mundo. Para poderlas desarrollar con garantías de éxito toda ayuda es poca, y cualquier apoyo externo que se pueda reunir será siempre bienvenido. Si usted se siente solidario con nuestros objetivos o reconoce la necesidad de fomentar la visión del fenómeno OVNI que aboga nuestra entidad, no deje de participar en el innovador proyecto que representa la Fundación Anomalía. Para ello puede hacer algo tan sencillo como convertirse en donante/suscriptor de nuestras publicaciones o colaborar en aspectos más especficos que puede concretar con nosotros remitiéndonos un e-mail.

La materialización de los proyectos actualmente auspiciados por la Fundación Anomalía y de otros que puedan desarrollarse en el futuro requiere una financiación suplementaria que coadyuve a llevarlos a término sin comprometer la economía y continuidad de nuestra entidad. Sólo con el apoyo de aportaciones de terceros será posible desarrollarlos plenamente y lograr que los beneficios científicos y culturales que deparen redunden a su vez en la sociedad y en los beneficiarios de la Fundación.

Las modalidades de las aportaciones económicas pueden ser tres: donante colaborador (a partir de 30 euros anuales, sólo para España), donante principal (desde 60 euros anuales, sólo para España y países de la Unión Europea), y donante benefactor (a partir de 90 euros por año), las cuales, tras formalizarse mediante la remisión del boletín de donante, comportan el derecho a percibir las siguientes prestaciones:

Donante colaborador

(mínimo 30 euros)
Sólo para España
  • Envío del anuario CdU., revista @nomalía y Suplemento Internacional (1 año)
  • Informaciones sobre actividades de la Fundación
  • Descuentos en obras y trabajos editados por Fundación Anomalía
  • Certificado para la desgravación en su declaración a Hacienda del 25% de la cantidad donada

Donante principal

(desde 60 euros)
Sólo para España y países de la U.E.
  • Envío del anuario CdU., revista @nomalía y Suplemento Internacional (1 año) + regalo del Diccionario Temático de Ufología
  • Informaciones sobre actividades de la Fundación
  • Descuentos en obras y trabajos editados por Fundación Anomalía
  • Certificado para la desgravación en su declaración a Hacienda del 25% de la cantidad donada

Donante benefactor

(a partir de 90 euros)
  • Envío del anuario CdU., revista @nomalía y Suplemento Internacional (1 año) + regalo del último libro de la Biblioteca Camille Flammarion
  • Informaciones sobre actividades de la fundación
  • Descuentos especiales en obras y trabajos editados por Fundación Anomalía
  • Acceso prioritario a la Base Documental tras su fase de desarrollo
  • Certificado para la desgravación en su declaración a Hacienda del 25% de la cantidad donada (35% para empresas)


Ventajas fiscales

La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo (BOE n° 307, de 24-XII-2002) establece los siguientes beneficios fiscales:

  Particulares:
Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 25% de la base de la deducción, por los donativos y donaciones dinerarios, de bienes o derechos, en favor de una fundación (art. 19).
  Empresas:
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 35% de la base de la deducción por esos mismos conceptos. Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos (art. 20).

Si desea apoyar las iniciativas, ideas u orientación de la Fundación Anomalía, efectúe una donación a nuestro favor y remítanos el boletín de donante.


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